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Conoce el criterio de la Prodecon relacionado con los comunicados que emitió el SAT, en términos del articulo 33, fracción IV del CFF

  • delfospracticantes
  • 9 jul
  • 1 min de lectura

La PRODECON emitió el criterio sustantivo 2/2026/CTN/CS-SASEN y declaró INDEBIDOS los comunicados del SAT vía buzón tributario sobre deducciones por honorarios médicos y dentales.

El SAT NO puede invalidar tus deducciones personales solo porque el médico que emitió el CFDI tenga “comportamiento atípico e irregular”.

Tus gastos médicos siguen siendo válidos si cumpliste los requisitos de ley.

 


 
 
 

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